Bloqueo y restricción de contenidos
La Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, establece, en el artículo 8, la posibilidad de que los órganos competentes adopten las medidas necesarias para que los prestadores de servicios intermediarios interrumpan la prestación de servicios o retiren determinado contenido en el caso de vulnerar los principios establecidos en dicho artículo.
El Reglamento UE 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento de Servicios Digitales, en el artículo 15, regula la obligación de los prestadores de elaborar y publicar el número de órdenes recibidas, en aplicación de las medidas, categorizadas por el tipo de contenido.
La información sobre bloqueo y restricción de contenidos que se facilita en este apartado se ha elaborado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de ejecución UE 2024/2835 de la Comisión de 4 de noviembre de 2024, por el que se establecen plantillas relativas a las obligaciones de transparencia informativa de los prestadores de servicios intermediarios y de los prestadores de plataformas en línea en virtud del Reglamento de Servicios Digitales.
Esta información se refiere a las sociedades requeridas: Orange Espagne, Xfera Móviles, Orange España Virtual, Euskaltel y R Cable y Telecable Telecomunicaciones.
Informe de transparencia periodo 17 de febrero de 2024 – 16 de febrero de 2025:
CONTENIDO |
SOLICITUDES |
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Infracciones en materia de información a los consumidores |
12 |
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Ciberviolencia (Extorsión y contra la intimidad) |
1 |
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Infracciones de los derechos de propiedad intelectual |
2 |
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Infracciones de los derechos de propiedad industrial |
1 |
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Infracciones de derechos de autor |
110 |
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Estafas o fraudes |
25 |
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Productos no seguros, no conformes o prohibidos |
11 |
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Contenido presuntamente ilícito no especificado por el notificante |
14 |